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| ¿El fin de la educación católica subvencionada?
Monseñor Ricardo Ezzati, Obispo Auxiliar de Santiago y Presidente del Área de Educación de la Conferencia Episcopal |
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2004-06-09Mons. Ricardo Ezzati Andrello, sdb, Obispo Auxiliar de Santiago y Presidente del Área de Educación de la Conferencia Episcopal
Algunas observaciones al proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales que afectan la actividad educacional y especialmente a la educación católica:¿El fin de la educación católica subvencionada?La educación católica es partidaria del derecho a una educación de calidad, libre y equitativa para todos, con especial atención hacia los más débiles, y por ende, partidaria también de la revisión de la legislación educacional vigente, a fin de que tienda a este fin.La historia de Chile ha visto surgir la mayor parte de las instituciones educativas escolares católicas como respuesta a las necesidades de los sectores menos favorecidos desde el punto de vista social y económico. También hoy, en las ciudades y campos, la mayor parte de los colegios de la Iglesia Católica atienden niños y jóvenes de escasos recursos.El actual contexto de ideas y prácticas democráticas del país postula, también para el ámbito educativo, mecanismos de diálogo que garanticen tanto la consulta a los actores que serán afectados por las nuevas propuestas, como la deliberación e intercambio con éstos de las nuevas modificaciones que se quiere proponer en el campo educativo.Según nuestro punto de vista, toda nueva propuesta debe apuntar a desarrollar el derecho a la educación, armonizando este derecho con la libertad de educación, especialmente para los padres; libertad de proyecto educativo y de gestión de los establecimientos y no el menoscabo de esta libertad.¿Qué objetivos concretos persiguen?Las indicaciones introducidas son un conjunto de propuestas para modificar toda la legislación que afecta el desarrollo del quehacer educacional en el país. Especial atención y reparo merece la falta de adecuación de estas indicaciones con las normas constitucionales que rigen el quehacer educacional en Chile, y con las normas que regulan la tramitación de un proyecto de ley. El articulo 24 de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional dice que “no podrán admitirse indicaciones contrarias a la Constitución Política”, y el articulo 25 agrega: “Corresponderá al Presidente de la sala o comisión la facultad de declarar inadmisibles las indicaciones a que se refiere el articulo anterior”.Las indicaciones pugnan también con los principios que orientan cualquier política educacional moderna, ya que se caracterizan por su intento de estatizar, indirectamente, la administración educacional de todos los establecimientos educacionales subvencionados del país.Este es el efecto concreto que produce la propuesta de crear, obligatoriamente, Consejos Escolares, los cuales, de facto, pueden pasan a dirigir los colegios con menoscabo del proyecto educativo institucional, del rol del director y con prescindencia de las instituciones colaboradoras del Estado.Con estas propuestas, los planteles privados pasan a una única modalidad de participación, la dictada por los colegios municipales. De esta manera peligra la educación particular con proyectos educativos propios y distintos, y con gestiones originales y diversas, conforme a dichos proyectos. Esta sería la consecuencia de aprobar normas como la de los Consejos Escolares y la propuesta de modificación del Artículo 9 de la LOCE, que pretende regular el proceso de admisión de alumnos a los colegios. Una norma así, en vez de tratar de legislar democráticamente para la diversidad, regula imperativamente para una unificación intolerante de la diversidad.El rol de la escuela católicaQueremos poner de manifiesto claramente “el rol público de la escuela católica, que no nace como iniciativa privada, sino como expresión de la realidad eclesial, por su naturaleza revestida de carácter público. Ella desarrolla un servicio de utilidad pública y, aunque siendo clara y manifiestamente configurada según la perspectiva del evangelio, no está reservada sólo a los católicos, sino abierta a todos los que demuestren apreciar y compartir una propuesta educativa cualificada...Las instituciones escolares católicas, además, al igual que las escuelas estatales, desarrollan una función pública, garantizando con su presencia el pluralismo cultural y educativo, y sobre todo la libertad y el derecho de la familia a ver realizada la orientación educativa que desean dar a la formación de los propios hijos.” (Cf. Congregación para la Educación Católica, La Escuela Católica en los umbrales del tercer milenio, Roma 1997).Recientemente, Juan Pablo II reclamó como necesaria “una nueva lógica de libertad para todos los sujetos educativos. Se necesita de un nuevo sistema educativo que reconozca y sostenga la libertad como factor constitutivo de la educación. Un sistema donde no existe una escuela estatal dominante con un fastidioso apéndice que se llama escuela católica, sino un sistema en que esté vigente la libertad para todos, la libertad para crear escuelas y administrarlas, la libertad de iniciativa de las escuelas”.¿Por una educación de calidad?Las estadísticas de los últimos 15 años han demostrado que la gestión educacional de los colegios particulares subvencionados de Chile produce mejores resultados que la de los planteles municipalizados. Es, entonces, técnicamente correcto sostener que los sistemas de gestión del sector privado deberían comenzar a aplicarse gradualmente en el sector municipal, y que se deberían ir desburocratizando las normas de administración que priman en este sector.Sin embargo, las indicaciones que aquí se cuestionan apuntan exactamente en el sentido opuesto, y proponen aplicar a la gestión privada las rigideces del sector municipal.No se debe olvidar que en Julio de 1999, el Colegio de Profesores, en un documento que se difundió a nivel nacional y con las firmas de todos los integrantes de su Directorio Nacional, sostuvo lo siguiente: “Aunque formas privadas de proporcionar el servicio educativo garantizasen cobertura e incluso fuesen más eficaces en el logro de algunos de los objetivos de la educación, siempre serían inferiores desde el punto de vista ético y social”.Este documento refleja una lógica que privilegia la educación municipal y estigmatiza a la particular como esencialmente discriminadora y cerrada al mundo, atribuyéndole una inferioridad moral por existir como tal.Juan Pablo II ha dicho que “hablar de la escuela católica no es, como quieren hacernos creer quienes tienen prejuicios, hablar de un lugar cerrado al mundo, sino por el contrario, de un lugar de apertura a la realidad en el cual lo que se propone es para todos”.Cada uno de estos lugares tiene su costo de funcionamiento y la enseñanza de cada alumno tiene un costo económico que debe cubrirse mes a mes. Para la escuela católica es fundamental que el Estado de Chile no cambie su política de subvenciones parejas a todos los establecimientos educacionales, sin importar la calidad “pública” o “privada” de sus gestores.Varias de las indicaciones introducidas constituyen cambios del sistema de financiamiento. Se introducen mecanismos de asignación de recursos cuya aplicación es compleja y subjetiva. Ejemplo de esto es el concepto de “vulnerabilidad” del establecimiento, que la propuesta añade al de vulnerabilidad del alumno (artículo 7 letra a de ley JECD). De hecho no se toma en consideración el sistema de becas que actualmente funciona en los Colegios Particulares Subvencionados.Por último, merece especial atención entre las nuevas indicaciones una propuesta de modificación a La Ley de Subvenciones, que propone la imposibilidad de no renovar la matricula si un apoderado se pone al día hasta antes de la matricula del año siguiente. Si bien pueden darse casos excepcionales en que una familia tenga dificultades económicas durante el año y pueda cumplir sólo al final de éste, ello no puede ser determinado como norma general y obligatoria por la Ley. Los proyectos educativos pueden normar dichas situaciones o, para ello, podría proponerse, tratándose de los Colegios subvencionados con Financiamiento Compartido, una suerte de seguro para estos casos, como en algún momento se planteó al MINEDUC.Creemos que el diálogo y la colaboración deben basarse en el mutuo respeto y en el reconocimiento recíproco del propio rol en el servicio común. La relación correcta entre Estado y escuela, no sólo católica, se basa no tanto en las normas institucionales, cuanto en el derecho de la persona a recibir una educación adecuada, según una libre opción, y en el clima de confianza en la comunidad escolar. El poder público, a quien corresponde amparar y defender las libertades de los ciudadanos, atendiendo a la justicia distributiva, debe procurar distribuir los subsidios públicos de modo que los padres puedan escoger con libertad absoluta, según su propia conciencia, la escuela para sus hijos.† Ricardo Ezzati A., sdbObispo Auxiliar de SantiagoPresidente del Área de Educación de la Conferencia Episcopal de Chile.
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